EXIMICION DE MATRICULA ANTE LA DIRECCION NACIONAL DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO (DNHST)

Se logra el Memorandum n° 27/91 de la DNHST de fecha 06 de febrero de 1991, que establece con referencia al otorgamiento de Matrículas del Registro de Graduados y Técnicos en Higiene y Seguridad, que no se les solicitará matrícula profesional a los Técnicos y Licenciados en Higiene y Seguridad hasta tanto los mismos constituyan Colegio de Graduados otorgados por Ley.