REGISTRO DE GRADUADOS EN LA DNHST

El 16 de Junio de 1987 la Dirección Nacional de Higiene y Seguridad del Ministerio de Trabajo de la Nación, dicta la Disposición 41/87 que establecía como requisito para la inscripción en el Registro de Graduados Universitarios y Técnicos, la matriculación profesional ante los respectivos centros de graduados. Dado que la citada Disposición no se ajustaba a la realidad, el COPHISEMA realizo las gestiones para que dicho requisito quedara sin efecto, resultando en instrucciones expresas de fecha 30 de Julio de 1987 de esa Dirección.